ERASMUS

De acuerdo con las previsiones del Estatuto de la Universidad de Barcelona y del artículo 14 de la normativa sobre movilidad internacional de estudiantes en la Universidad de Barcelona,
RESUELVO:
Convocar las plazas de movilidad para estancias de movilidad para estudios con las que la Universidad de Barcelona ha firmado acuerdos de intercambio de estudiantes en el marco del programa Erasmus+ del EACEA (curso 2026-2027) (KA131-SMS-2025/1), que se rigen por las bases del anexo 1 y por el resto de anexo 1 y por el resto.
El vicerrector de Política de Internacionalización.
BASE I.
Convocatoria 1. Se convocan las plazas de movilidad con universidades europeas con las que la Universidad de Barcelona ha firmado acuerdos de intercambio de estudiantes dentro del marco del programa Erasmus+ para el curso 2026-2027 y que se encuentren en alguno de los siguientes países: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Eslovania, Croacia, Dinamarca Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Macedonia del Norte, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, Rumania, Serbia Suecia, Suiza, Turquía, Chequia, Chipre.
- Las facultades y centros adscritos de la UB que participen en la presente convocatoria son los que constan en el Anexo 2 de esta resolución.
- El estudiante puede solicitar, en el marco de esta convocatoria, hasta un máximo de 5 destinos por orden de prioridad.
- Los estudiantes seleccionados podrán realizar estancias de estudios de, como máximo, un semestre durante el curso 2026-2027. En cualquier caso, la movilidad deberá finalizar antes del 31/07/2027.
- Las condiciones de las movilidades en lo que se refiere a las instituciones de destino, al número de plazas en las enseñanzas que se pueden cursar, a la duración (que no puede exceder de un semestre) se indican en la aplicación de solicitud Mobility-Online.
- La participación de los estudiantes de la UB en programas de movilidad internacional se regirá por la Normativa de movilidad internacional de estudiantes de la Universidad de Barcelona aprobada por Consejo de Gobierno con fecha 14 de junio de 2017 (http://www.ub.edu/uri/Documents/normativa.pdf).
BASE II. Requisitos
- El estudiante que solicita una plaza de movilidad debe cumplir los siguientes requisitos generales, específicos y de destino:
Requisitos generales (ABURRIDO PERO TENGO TODO
- Estar en posesión de un DNI o de un NIE (Número de Identificación de Extranjero)
- Estar matriculado en la Universidad de Barcelona en cualquiera de las enseñanzas oficiales de grado o máster universitario, durante el curso académico 2025-2026.
- Los estudiantes de grado tendrán que tener superados, como mínimo 60 créditos (o el primer curso completo) de la titulación relacionada con la movilidad en el momento de realizar la solicitud.
- Los estudiantes de máster universitario tendrán que tener matriculados, como mínimo 30 créditos (o el primer semestre completo) de la titulación relacionada con la movilidad en el 2 momento de realizar la solicitud y tendrán que acreditar su superación al inicio de la estancia.
- En el caso de estudiantes matriculados en una doble titulación, los programas de movilidad internacional sólo pueden solicitarse por una de las enseñanzas que forman parte de la doble titulación, aunque se consideran como créditos matriculados y/o superados, la suma de los créditos matriculados y/o superados en el itinerario curricular de doble titulación.
- En caso de haber sido beneficiario de una movilidad Erasmus+ (estudios y/o prácticas y/o ICM) con anterioridad, no superar el cómputo total de la duración de la movilidad por estudiante, que será de 12 meses por cada ciclo de estudios (grado, máster). En el caso de los estudiantes de grado de las Facultades de Farmacia y Ciencias de la Alimentación, Facultad de Medicina y Ciencias de la Salud (enseñanzas de Medicina y Odontología), el cómputo total de la duración de la movilidad por estudiante es de 24 meses.
- No haber sido beneficiario de este programa en el curso académico por el que se solicita la movilidad.
Requisitos específicos
- Los que se indican en el anexo 2 de esta convocatoria, y que establece cada Centro de la UB.
Requisitos de destino - Los que se indican en la aplicación Mobility-Online y que determina cada universidad de destino (nivel de idioma, nota media, u otros), para cada uno de los destinos solicitados por el estudiante.
2. Los requisitos deben cumplirse el día que acaba el plazo de presentación de solicitudes. Además, el requisito de estar matriculado en la UB, deberá mantenerse durante todo el período de la duración de la movilidad.
BASE III. Tramitación
- El proceso de solicitud debe realizarse on-line a través del apartado SOLICITUD ERASMUS ESTUDIOS de la aplicación Mobility-Online.
- Al acceder por primera vez a esta aplicación, el estudiante debe crear un usuario, que posteriormente debe confirmar. Sólo con este usuario, puede rellenar el formulario de solicitud al que debe adjuntar la documentación que se especifica en la base IV de esta convocatoria.
- Una vez cumplimentado el formulario y subida la documentación, el estudiante, para finalizar la solicitud, debe pulsar FIRMAR LA SOLICITUD. Es imprescindible haber finalizado el paso de FIRMAR LA SOLICITUD para que la solicitud se considere presentada.
- Una vez firmada la solicitud, el estudiante recibe un correo electrónico con el número de asiento en el registro de la Universidad de Barcelona.
- La solicitud debe presentarse entre el 15 de octubre y el 12 de noviembre de 2025, ambos incluidos.
BASE IV. Documentación
- El estudiante debe adjuntar a la solicitud la siguiente documentación: • Acreditación del nivel de conocimiento del idioma de acuerdo con los requisitos de destino (base II de esta convocatoria) que se pueden encontrar en el Mobility-Online SOP:
http://www.ub.edu/uri/Documents/cal_pnivell_26_27.pdf
- La documentación específica que establezca cada Centro de la UB según el anexo 2, si procede
- Con fecha 1 de diciembre de 2025 se publicará en el tablón de anuncios de la Sede electrónica de la Universidad de Barcelona (https://seu.ub.edu) el listado de solicitudes admitidas provisionalmente a trámite (aquellas solicitudes que tienen la documentación correcta y pasan a la fase de evaluación) así como el listado de aquellas dispondrán de 10 días hábiles para su subsanación, a contar a partir de la fecha de la publicación de la resolución de reclamación.
BASE V. Comisión de selección
- Cada Centro constituye una Comisión de selección, cuya composición puede encontrarse en el anexo 2.
- La Comisión de selección, el 16 de enero de 2026, envía la propuesta de adjudicación de plazas de movilidad, así como el acta de la sesión donde se ha acordado esta propuesta, en la Oficina de Movilidad y Programas Internacionales.
- En el plazo máximo de diez días desde la comunicación de la adjudicación de las plazas en la Oficina de Movilidad y Programas Internacionales, el vicerrector de Política de Internacionalización resuelve la adjudicación.
BASE VI. Criterios de selección
1. La selección se llevará a cabo en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con los siguientes criterios de valoración de las solicitudes:
- Nota media del expediente académico: hasta 10 puntos
- Estudiantes con menos oportunidades (según los supuestos especificados en el punto 3 de esta base VI): hasta 1 punto, salvo familia numerosa de categoría general que será 0,5 puntos.
En caso de pertenencia a más de uno de los colectivos señalados anteriormente, sólo se podrá recibir hasta un máximo de 1 punto - Criterios fijados por el Centro (ver anexo 2): hasta 2 puntos
2. En caso de que se produzca un empate entre dos o más personas candidatas, se tendrán en cuenta los siguientes criterios de desempate:
- En primer lugar, se ordenarán las solicitudes en función del número de créditos ECTS superados, de mayor a menor número.
- Si persiste el empate, obtendrá la plaza quien no haya participado en una movilidad con anterioridad.
- Si aplicados los dos criterios anteriores persiste el empate, obtendrá plaza quien tenga una mayor valoración en la exposición de motivos
3, Se considerarán estudiantes con menos oportunidades aquellos estudiantes que puedan acreditar, hasta el día que termina el plazo de presentación de solicitudes, alguna de estas situaciones:
- haber disfrutado una beca de Carácter general del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o una beca del Departamento de Educación del País Vasco en el curso 2024-2025.
- tener acreditada una discapacidad reconocida y calificada legalmente de un grado igual o superior al 33%.
- formar parte del Programa de apoyo a los refugiados
- pertenecer a uno de los colectivos de protección especial:
- Víctimas de actos terroristas
- o Víctimas de violencia machista en el ámbito de la pareja
- o Víctimas de violencia machista fuera del ámbito de la pareja
- ser beneficiario de la prestación del ingreso mínimo vital
- tener el reconocimiento de familia numerosa:
o categoría general
o categoría especial
o familia numerosa con ayuda
- La adjudicación provisional de las plazas de movilidad se publicará en el tablón de anuncios de la Seu electrónica de la Universidad de Barcelona (https://seu.ub.edu) el 26 de enero de 2026.
BASE VII. Aceptación
- Una vez resuelta la convocatoria, el estudiante debe aceptar la plaza de movilidad
adjudicada a través de la aplicación Mobility Online. - El período para aceptar la plaza de movilidad adjudicada será del 27 de enero al 2 de febrero
de 2026. - En caso de no aceptar la plaza en el plazo establecido, ésta se considerará rechazada y por
tanto podrá ser reasignada.
BASE VIII. Reasignación
- En el supuesto de que existan plazas vacantes podrán cubrirse con el procedimiento de reasignación.
- La Comisión de selección de cada centro puede proponer reasignar una plaza vacante a los estudiantes que no hayan obtenido ninguna de las plazas de movilidad solicitadas y/o que no hayan aceptado la plaza adjudicada, siempre que cumplan los requisitos establecidos por esa plaza y sea dentro del mismo programa al que se habían presentado.
- El período para la reasignación de plazas será del 3 al 13 de febrero de 2026.
- En el caso de las movilidades reasignadas, el período de aceptación será del 20 al 27 de febrero
de 2026. En caso de no aceptar dentro del período establecido, se considerará que la plaza de
movilidad ha sido rechazada y por tanto la solicitud quedará cancelada
BASE IX. Asignación definitiva
- La resolución definitiva de las plazas de movilidad se publicará en el tablón de anuncios de la Sede electrónica de la Universidad de Barcelona (https://seu.ub.edu) el 19 de febrero de 2026.
2 La adjudicación de una plaza de movilidad por parte de la Universidad de Barcelona no comporta que el estudiante seleccionado sea automáticamente admitido en la universidad de destino, que es quien en última instancia debe aceptar la nominación gestionada por la Oficina de relaciones internacionales del centro UB de adscripción del estudiante ante la universidad de destino.»
- En caso de que un estudiante tenga más de una plaza asignada para el mismo período de tiempo, en diferentes programas de movilidad, sólo podrá aceptar una plaza.
- Las plazas no aceptadas dentro del plazo establecido quedarán canceladas
BASE X. Terminis
- El plazo de presentación de solicitudes será del 15 de octubre al 12 de noviembre de 2025
- La adjudicación provisional de las plazas de movilidad se publicará el 26 de enero de 2026
- El período para aceptar la plaza de movilidad adjudicada será del 27 de enero al 2 de febrero de 2026. En caso de no aceptar la plaza en el plazo establecido, ésta se considerará rechazada y por tanto podrá ser reasignada.
- En el supuesto de que existan plazas vacantes se podrán cubrir con el procedimiento de reasignación. La Comisión de selección de cada centro podrá proponer reasignar una plaza vacante a los estudiantes que no hayan obtenido ninguna de las plazas de movilidad solicitadas y/o que no hayan aceptado la plaza adjudicada, siempre que cumplan los requisitos establecidos por aquella plaza y sea dentro del mismo programa al que se habían presentado. El período para la reasignación de plazas será del 3 al 13 de febrero de 2026.
- La resolución definitiva de la adjudicación de las plazas de movilidad se publicará el 19 de febrero de 2026.
- En el caso de las movilidades reasignadas, el período de aceptación será del 20 al 27 de febrero de 2026. En caso de no aceptar dentro del período establecido, se considerará que la plaza de movilidad ha sido rechazada y por tanto la solicitud quedará cancelada
- En caso de que un estudiante tenga más de una plaza asignada para el mismo período de tiempo, en diferentes programas de movilidad, sólo podrá aceptar una plaza. Las plazas no aceptadas en el plazo establecido quedarán canceladas.
BASE XI. Ayudas económicas
- La adjudicación de las ayudas económicas quedará condicionada a la efectiva disponibilidad de crédito con cargo al proyecto 2025-1-ES01-KA131-HED-000316871.
- La ayuda Erasmus consiste en:
- una ayuda individual,
- un complemento de financiación a la ayuda individual en el caso de estudiantes con menos oportunidades
- una ayuda adicional en el caso de estudiantes con necesidades especiales
- una ayuda de viaje
A continuación se especifican las condiciones de estas ayudas:
- La ayuda individual es la ayuda económica en concepto de gastos adicionales ocasionados por la participación en el programa ERASMUS+. Su importe está en función del país de destino de la movilidad según la tabla siguiente y por un período máximo de 4,5 meses (135 días). Este máximo no aplica a los estudiantes que pertenecen a alguno de los colectivos de estudiantes con menos oportunidades (ver punto 5 de esta Base XI), a los que se calculará el importe en función de la estancia real que en ningún caso será superior a un semestre:

4. El complemento a la ayuda individual por estudiantes con menos oportunidades es la ayuda económica que reciben los estudiantes seleccionados que se encuentran en alguno de los supuestos especificados en el punto 5 de esta base XI, por un importe de 250€/mes, por la duración de la estancia que en ningún caso será superior a un semestre, y que se añade a la ayuda individual. En caso de pertenencia a más de uno de los colectivos señalados en el punto 5 de esta base IX, se recibirá una única ayuda complementaria de 250€/mes.
5. Se considerará como estudiantes con menos oportunidades, a efectos de recibir el complemento a la ayuda individual, aquellos estudiantes que hayan acreditado durante el período de presentación de solicitudes, alguna de estas situaciones:
• tener acreditada una discapacidad reconocida y calificada legalmente de un grado igual o superior al 33%.
• formar parte del Programa de apoyo a los refugiados
• pertenecer a uno de los colectivos de protección especial:
o Víctimas de actos terroristas
o Víctimas de violencia machista en el ámbito de la pareja
o Víctimas de violencia machista fuera del ámbito de la pareja
• ser beneficiario de la prestación del ingreso mínimo vital
• tener el reconocimiento de familia numerosa :
o categoria general
o categoria especial
o família nombrosa amb ajut
Además, también se considerará estudiantes con menos oportunidades, a efectos de recibir el complemento a la ayuda individual, a aquellos estudiantes que puedan acreditar estar disfrutando una beca de Carácter general del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o una beca del Departamento de Educación del País Vasco en el curso 2025-2026.
Para comprobar si el estudiante pertenece a alguno de estos colectivos (a excepción del colectivo de estudiantes con necesidades especiales que hayan acreditado tener una discapacidad reconocida y calificada legalmente de un grado igual o superior al 33%) y con el fin de gestionar la ayuda complementaria, la UB consultará sus propias bases de datos. En caso de que la persona solicitante quiera oponerse a que la UB consulte en sus bases de datos la pertenencia a alguno de los colectivos que se indica, deberá marcar la casilla correspondiente en el formulario de solicitud. Si la marca y desea recibir la ayuda complementaria, deberá aportar la documentación que acredite la pertenencia a alguno de los colectivos.
Por lo que respecta a la consulta de los datos relativos a estudiantes que tienen necesidades especiales que hayan acreditado tener una discapacidad reconocida y calificada legalmente de un grado igual o superior al 33%, en el formulario de solicitud se les pedirá el consentimiento explícito para su consulta. En caso de que no lo consienten, tendrán que aportar la documentación que lo acredite.
- La ayuda adicional por estudiantes con necesidades especiales es el importe económico que pueden recibir los estudiantes seleccionados que tienen necesidades especiales y hayan acreditado una discapacidad reconocida y calificada legalmente de un grado igual o superior al 33%, para cubrir los gastos adicionales por motivo de su grado de discapacidad. Esta ayuda es complementaria a la ayuda para estudiantes con menos oportunidades.
La ayuda adicional para estudiantes con necesidades especiales se gestiona a través de una convocatoria específica. La información sobre la convocatoria, plazos y condiciones de participación está disponible en el siguiente enlace:
https://www.ub.edu/uri/estudiantsUB/necessitats_especials.html
7. La ayuda de viaje es el importe que reciben todos los estudiantes con una movilidad Erasmus concedida en función de la distancia en kilómetros desde Barcelona a la ciudad donde está ubicada la universidad de destino. La distancia se calcula con la herramienta de la Comisión Europea:
https://erasmus-plus.ec.europa.eu/resources-and-tools/distance-calculator
Dado que el programa Erasmus tiene como prioridad la sostenibilidad y el objetivo de contribuir a la disminución de la huella de carbono, existe una financiación superior en caso de que el viaje se realice completamente (ida y vuelta) con un medio de transporte ecológico: tren, bus, coche compartido, bicicleta.
A partir del cálculo de la distancia, y según se trate de un desplazamiento ecológico o no, el importe de la ayuda de viaje se fija según unas franjas:

Si por el hecho de utilizar un medio de transporte ecológico la duración del viaje fuese superior a un día, se puede recibir hasta 4 días de beca adicional para cubrir gastos de viaje (en función de la duración real del viaje).
El estudiante deberá informar, previa a la formalización del convenio de subvención, de la realización de un viaje ecológico y, una vez finalizada la movilidad, deberá aportar justificación documental del carácter ecológico del desplazamiento junto con una declaración jurada y el certificado de estancia. En caso de que la duración del desplazamiento sea superior a un día, deberá aportarse también prueba documental.
BASE XII. Seguros
- Los estudiantes seleccionados tendrán que disponer de un seguro médico para toda la duración de la estancia.
- La UB contrata el seguro de accidentes, repatriación y responsabilidad civil que cubre la estancia de movilidad de cada uno de los estudiantes seleccionados para realizar una movilidad de estudios dentro del programa Erasmus+. Las pólizas correspondientes constan como anexo al convenio de subvención de cada estudiante.
BASE XIII. Derechos
Los estudiantes seleccionados tienen derecho a:
- Disfrutar del período máximo de estancia, que será de un semestre.
- Estar exentos del pago de las tasas académicas en la universidad de destino (pero eventualmente, la universidad de destino podría exigirles el pago de tasas obligatorias correspondientes a seguros, sindicatos de estudiantes, utilización de diversos materiales, etc., en las mismas condiciones que a los estudiantes locales).
La adjudicación de una plaza de movilidad no comporta la exención del precio público aplicable a los créditos que se matriculan en la Universidad de Barcelona, y que es necesario abonar en todo caso. - Recibir las ayudas económicas que tienen por objeto contribuir a cubrir los gastos adicionales ocasionados por una estancia de estudios en el extranjero, según las condiciones y requisitos establecidos en la Base XI de esta convocatoria y de los fondos disponibles.
- La incorporación del número de créditos superados durante la movilidad en el expediente académico y en el Suplemento europeo del título. Esta incorporación está condicionada a la efectiva superación de los créditos cursados durante la movilidad.
- Recibir información y asesoramiento básico por parte de la UB sobre las condiciones de la movilidad.
BASE XIV. Obligaciones
Los estudiantes seleccionados tienen las siguientes obligaciones:
- Para poder llevar a cabo la movilidad, el estudiante seleccionado debe formalizar la matrícula en la UB el curso 2026-2027. El estudiante seleccionado debe matricularse en la secretaría de estudiantes y docencia del centro de todas las asignaturas recogidas en el acuerdo de aprendizaje por estudios (learning agreement for studies), así como tramitar aquellas modificaciones que se puedan producir durante su movilidad internacional, según los plazos establecidos.
- Confirmar la aceptación de la movilidad con la universidad de acogida, en la forma y plazos establecidos indicados por la universidad de acogida y/o por la ORI. La tramitación de la solicitud de aceptación es indispensable para ser aceptado en la universidad de destino y considerarse estudiante de movilidad internacional. En caso de que el estudiante no la tramite, se considera que el estudiante renuncia a la plaza adjudicada y ésta quedará automáticamente cancelada.
- El estudiante seleccionado debe cursar en la institución de destino las actividades recogidas en el acuerdo de aprendizaje por estudios (learning agreement for studies) durante el período en que la movilidad se lleva a cabo.
- Cumplir con la tramitación documental requerida por el programa Erasmus.
- Respetar las reglas y normas reguladoras del programa Erasmus+, de la UB y de la de la institución de destino.
- Hacerse cargo de todos los gastos derivados de la movilidad internacional.
- En lo que no se prevé expresamente, el estudiante seleccionado se compromete a cumplir lo que dispone la normativa de movilidad internacional de estudiantes de la Universidad de Barcelona (http://www.ub.edu/uri/Documents/normativa.pdf).
BASE XV. Revocación
La adjudicación de la plaza de movilidad puede ser revocada, previa tramitación del expediente correspondiente, por las siguientes causas:
1. Si se comprueba que existe ocultación, fraude o falseamiento en los datos o documentación aportados con la solicitud, sin perjuicio de la posibilidad de reclamar las cantidades percibidas, tras tramitar el procedimiento correspondiente.
2. Si se comprueba que la estancia no se ha realizado en los términos en los que estaba programada.
3. Por incumplimiento de los requisitos y obligaciones establecidos en estas bases
4. En situaciones de conflicto armado y de riesgo para la seguridad física de los estudiantes (según recomendaciones de viaje del Ministerio de Asuntos Exteriores). En estos casos, se procurará ofrecer destinos alternativos.
5. Por otras causas de revocación previstas en la normativa de movilidad de la Universidad de Barcelona y en el ordenamiento jurídico.
BASE XVI. Renuncia
- Una vez adjudicada y aceptada una plaza de movilidad el estudiante puede renunciar a ella a través de la aplicación Mobility-Online.
- La renuncia no justificada a una plaza ya aceptada, antes de iniciar la movilidad o cuando ésta se ha iniciado, se tratará de acuerdo con lo establecido en la normativa de movilidad.
- En caso de interrupción de la movilidad por causa de fuerza mayor, debe comunicarse a la OMPI, para dar trámite según establece el programa Erasmus y facilitar un acompañamiento académico que mitigue sus perjuicios.
BASE XVII. Incompatibilidades
Los estudiantes seleccionados en el programa podrán optar a otras ayudas económicas para la movilidad internacional que se convoquen en esta universidad o por otros organismos con las condiciones que se especifiquen en sus bases.
BASE XVIII. Derecho de información relativo al tratamiento de datos personales
- El responsable del tratamiento de los datos personales es la Secretaría General de la Universidad de Barcelona, con dirección postal Gran Via de les Corts Catalanes, 585, 08007 Barcelona y dirección de correo electrónico secretaria.general@ub.edu
- La finalidad del tratamiento de los datos personales es gestionar la movilidad internacional para estancias de estudios en el marco del programa Erasmus+ del EACEA.
- La base jurídica es el cumplimiento de una misión efectuada en interés público (Ley 1/2003, de 19 de febrero, de universidades de Cataluña; Ley orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario ; y Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones).
- Los datos se tratarán durante el tiempo necesario para cumplir la finalidad por la que se han recogido y para determinar las posibles responsabilidades que puedan derivarse de esta finalidad y del tratamiento de los datos.
- Los destinatarios de los datos son la Universidad y, en su caso, los encargados del tratamiento. En el caso de adjudicación de una plaza de movilidad, también son destinatarios de los datos necesarios 11 el EACEA. Asimismo, se publica la resolución de la adjudicación de las plazas de movilidad en el sitio web de la UB indicado en estas bases. No se prevé otra cesión de datos, salvo que sea obligación legal. En este supuesto, únicamente se enviarán los datos necesarios.
- Se puede acceder a los datos y solicitar su rectificación, supresión, oposición o limitación mediante escrito dirigido a la Secretaría General de la Universidad de Barcelona (Gran Vía de les Corts Catalanes, 585, 08007 Barcelona) o mediante un mensaje de correo electrónico a la dirección secretaria.general@ub.edu. Se debe adjuntar una fotocopia del DNI o de otro documento válido identificador.
- Si alguien considera que sus derechos no se han atendido adecuadamente, puede comunicarlo al delegado de protección de datos de la UB: protecciodedades@ub.edu o Travessera de les Corts, 131-159, Pabellón Rosa, 08028 Barcelona
- Asimismo, se tiene derecho a presentar una reclamación ante la Autoridad Catalana de Protección de Datos
BASE XIX. Difusión
Se hará difusión de esta convocatoria a través de la sede electrónica de la UB (https://seu.ub.edu/), de la página web de la UB y de todos aquellos medios oportunos, para procurar la máxima transparencia y acceso a esta convocatoria.
BASE XX. Aclaración
En todo lo no previsto expresamente, es de aplicación la normativa propia de la Universidad de Barcelona. La aclaración de cualquier duda en la interpretación de estas bases es competencia del vicerrectorado de política de internacionalización
BELLES ARTS
REQUISITS ESPECIFIC (Base II)
– Tener matriculados al menos 120 ECTS (para los estudiantes del grado en Bellas Artes y en Diseño).
– Tener matriculados al menos 180 ECTS (para los estudiantes del grado en Conservación-Restauración de Bienes Culturales).
– Presentar un dossier artístico: todos los estudiantes de grado y máster de Bellas Artes y de Diseño, exceptuando a los estudiantes del grado en ConservaciónRestauración de Bienes Culturales y del máster de Tratamiento de Limpieza para Bienes Culturales
– Presentar una memoria técnica de un proceso de conservaciónrestauración llevado a cabo por el/la candidato/a: estudiantes del grado en ConservaciónRestauración de Bienes Culturales y del máster de Tratamiento de Limpieza para Bienes Culturales
REQUISITOS ESPECÍFICOS DE DESTINO (Base II)
Hay que tener en cuenta, para cada destino solicitado, los requisitos específicos que marca cada universidad de destino (nivel requerido de idioma, nota media, etc) y que deben consultarse en el SOP
DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA (Base IV)
– Dossier artístico (excepto para los estudiantes del Grado en ConservaciónRestauración de Bienes Culturales y del Máster de Tratamiento de Limpieza para Bienes Culturales
– Memoria técnica de un proceso de conservaciónrestauración llevado a cabo por el/la candidato/a (sólo estudiantes del Grado en ConservaciónRestauración de Bén Bienes Culturales.)
COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN SELECCIÓN (Base V)
Vicedecano/a de relaciones internacionales de la Facultad de Bellas Artes.
• Jefe de estudios del Grado de procedencia del estudiante, o persona en quien delegue.
• Coordinador/a del Máster de procedencia del estudiante, o persona en quien delegue.
• Gestor/a administrativo/va de la OMPI ubicado en la Oficina de Relaciones Internacionales de la Facultad de Bellas Artes, como secretario/a de la comisión, con voz pero sin voto
CRITERIOS DE SELECCION ESPECIFICOS (Base VI)
– Dossier artístico, para todos los estudiantes de grado y máster de Bellas Artes y de Diseño, exceptuando a los estudiantes del grado en ConservaciónRestauración de Bienes Culturales y del máster de Tratamiento de Limpieza para Bienes Culturales: hasta 2 puntos.
– Memoria técnica de un proceso de conservación-restauración llevado a cabo por el/la candidato/a, sólo estudiantes del grado en Conservación-Restauración de Bienes Culturales y del master de Tratamiento de Limpieza para Bienes Culturales: hasta 2 puntos.
Programa Erasmus+ Estudios
Tu Facultad ha firmado diferentes acuerdos Erasmus con otras universidades europeas asociadas a una o más enseñanzas. Podrás realizar la búsqueda de la oferta de destinos vinculados a tu enseñanza teniendo en cuenta varios criterios. Es obligatorio para una buena selección que rellenes los campos: Facultad, Enseñanza, Grado o Máster. El resto de criterios los pones o no en función de tus intereses. Una vez rellenados los campos obligatorios debes pulsar el botón de “Empezar la búsqueda”.

Verás un listado en la parte inferior con los resultados de la búsqueda con un diseño similar a este

Aquí, hay dos iconos a tener en cuenta (fíjate en el cuadro rojo que es donde está el icono más importante):





Entonces recibirás un correo con un usuario para acceder al SOP y al ser la 1a vez que accedes, tendrás que crear una contraseña. Una vez dentro del SOP, verás este entorno

Deberás:
- Subir la documentación que corresponda (segunda la convocatoria y la información del Anexo 1 correspondiente a tu Facultad).
- Confirmar tus datos personales.
- Firmar la solicitud.

Para firmar la solicitud, debes clicar en el link que hay a la derecha de la imagen anterior e irás a una pantalla en la que habrá un checkbox que está desactivado. Para activarlo, debes clicar en el botón superior que pone “Avanza hasta la actualización”.

Después marcarás y confirmo y want to sign my application, finalizarás tu solicitud y recibirás un e-mail donde te dirá que has sido registrado en la sede electrónica.
Sólo se considerarán presentadas las solicitudes que han dado el paso de Firmar solicitud
En caso de que no presentes algunos de los documentos dentro del plazo se te reclamará. Tendrás hasta 10 días hábiles para subsanarlo, a partir del día siguiente de la publicación de la resolución de reclamación de documentación.
IMPORTANTE:
E-mail válido de contacto (si es Hotmail, añádanos como contacto ya que puedes recibir los correos en la bandeja de SPAM).
https://mail.google.com/mail/u/0/?tab=rm&ogbl#inbox/FMfcgzQcqlBMPqNPdbkLRSNrfNMmWQbZ

Estimado/Querida estudiante,
Has creado correctamente un usuario en la aplicación de Movilidad Internacional Mobility-Online (SOP).
A partir de ahora, para continuar con el procedimiento de solicitud debes utilizar el siguiente enlace: Comienzo de sesión de Mobility-Online UNIVERSIDAD DE BARCELONA (service4mobility.com) o copia el enlace: https://www.service4mobility.com/europe/LoginServlet
Para completar el proceso de solicitud debes subir a la aplicación los siguientes documentos:
- Acreditación del nivel de conocimiento del idioma, en su caso
- Acreditación de discapacidad reconocida y calificada legalmente de un grado igual o superior al 33%, en su caso
- La documentación específica que establezca cada Centro de la UB (en función de la Facultad. Consulta el Anexo 1 de la Convocatoria). Consulta la información en la web http://www.ub.edu/uri/estudiantsUB/convenis_especifics.htm o en la Sede electrónica de la UB.
¡ATENCIÓN!
Recuerda Firmar la solicitud según indica la BASE IV. Proceso de solicitud y documentación de la convocatoria.
Para más información, contacta con la Oficina de Relaciones Internacionales (ORI) de tu Facultad o Centro: http://www.ub.edu/uri/comu/professo.htm
Cordialmente,
